Close Menu
    Forma parte del Sindicato Obrero Canario FSOC

    Suscríbete a Nuestro Boletín

    Recibe todas las actualizaciones que nuestro sindicato publiquen en nuestro blog.

    Lo Más Nuevo

    Convenio Colectivo del sector del Transporte regular Interurbano de viajeros de uso general por carretera de la Provincia de Las Palmas

    junio 9, 2026

    Varapalo judicial al acuerdo discriminatorio firmado por CCOO, Ugt y la patronal en la hostelería de la provincia de Las Palmas

    junio 3, 2026

    FSOC: Nota de prensa sobre la victoria de nuestro sindicato FSOC en el sector de la Hostelería

    junio 3, 2026
    Facebook Instagram
    Facebook Instagram
    Sindicato Obrero Canario Lanzarote
    Afíliate
    • Inicio
    • Sindicato
      1. Comunicados
      2. Historia del sindicato FSOC
      3. Cuota
      4. Contacta con Nosotros
      5. Virtual FSOC Lanzarote
      6. Redes sociales
      7. View All

      Varapalo judicial al acuerdo discriminatorio firmado por CCOO, Ugt y la patronal en la hostelería de la provincia de Las Palmas

      junio 3, 2026

      Ante el 1º de Mayo, Intersindical Canaria y la Federación Sindical Canaria censuran el militarismo y el empobrecimiento de los trabajadores canarios

      abril 30, 2026

      Declaración de la FSM sobre el Primero de Mayo de 2026

      abril 23, 2026

      1 de Mayo 2026 Federación Sindical Canaria FSC Por la paz y el trabajo

      abril 23, 2026

      Convenio Colectivo del sector del Transporte regular Interurbano de viajeros de uso general por carretera de la Provincia de Las Palmas

      junio 9, 2026

      Varapalo judicial al acuerdo discriminatorio firmado por CCOO, Ugt y la patronal en la hostelería de la provincia de Las Palmas

      junio 3, 2026

      FSOC: Nota de prensa sobre la victoria de nuestro sindicato FSOC en el sector de la Hostelería

      junio 3, 2026

      Ante el 1º de Mayo, Intersindical Canaria y la Federación Sindical Canaria censuran el militarismo y el empobrecimiento de los trabajadores canarios

      abril 30, 2026

      Convenio Colectivo del sector del Transporte regular Interurbano de viajeros de uso general por carretera de la Provincia de Las Palmas

      junio 9, 2026

      Varapalo judicial al acuerdo discriminatorio firmado por CCOO, Ugt y la patronal en la hostelería de la provincia de Las Palmas

      junio 3, 2026

      FSOC: Nota de prensa sobre la victoria de nuestro sindicato FSOC en el sector de la Hostelería

      junio 3, 2026

      Ante el 1º de Mayo, Intersindical Canaria y la Federación Sindical Canaria censuran el militarismo y el empobrecimiento de los trabajadores canarios

      abril 30, 2026

      Convenio Colectivo del sector del Transporte regular Interurbano de viajeros de uso general por carretera de la Provincia de Las Palmas

      junio 9, 2026

      Varapalo judicial al acuerdo discriminatorio firmado por CCOO, Ugt y la patronal en la hostelería de la provincia de Las Palmas

      junio 3, 2026

      FSOC: Nota de prensa sobre la victoria de nuestro sindicato FSOC en el sector de la Hostelería

      junio 3, 2026

      Ante el 1º de Mayo, Intersindical Canaria y la Federación Sindical Canaria censuran el militarismo y el empobrecimiento de los trabajadores canarios

      abril 30, 2026

      Convenio Colectivo del sector del Transporte regular Interurbano de viajeros de uso general por carretera de la Provincia de Las Palmas

      junio 9, 2026

      Varapalo judicial al acuerdo discriminatorio firmado por CCOO, Ugt y la patronal en la hostelería de la provincia de Las Palmas

      junio 3, 2026

      FSOC: Nota de prensa sobre la victoria de nuestro sindicato FSOC en el sector de la Hostelería

      junio 3, 2026

      Ante el 1º de Mayo, Intersindical Canaria y la Federación Sindical Canaria censuran el militarismo y el empobrecimiento de los trabajadores canarios

      abril 30, 2026

      Convenio Colectivo del sector del Transporte regular Interurbano de viajeros de uso general por carretera de la Provincia de Las Palmas

      junio 9, 2026

      Varapalo judicial al acuerdo discriminatorio firmado por CCOO, Ugt y la patronal en la hostelería de la provincia de Las Palmas

      junio 3, 2026

      FSOC: Nota de prensa sobre la victoria de nuestro sindicato FSOC en el sector de la Hostelería

      junio 3, 2026

      Ante el 1º de Mayo, Intersindical Canaria y la Federación Sindical Canaria censuran el militarismo y el empobrecimiento de los trabajadores canarios

      abril 30, 2026

      Convenio Colectivo del sector del Transporte regular Interurbano de viajeros de uso general por carretera de la Provincia de Las Palmas

      junio 9, 2026

      Varapalo judicial al acuerdo discriminatorio firmado por CCOO, Ugt y la patronal en la hostelería de la provincia de Las Palmas

      junio 3, 2026

      FSOC: Nota de prensa sobre la victoria de nuestro sindicato FSOC en el sector de la Hostelería

      junio 3, 2026

      Ante el 1º de Mayo, Intersindical Canaria y la Federación Sindical Canaria censuran el militarismo y el empobrecimiento de los trabajadores canarios

      abril 30, 2026
    • Miembros de
      • Federación Sindical Mundial FSM
      • Federación Sindical Canaria FSC
    • Legislación Laboral
    • Convenios
      • Convenios de Canarias
      • Convenios Las Palmas
      • Convenios de Tenerife
      • Convenios Estatales
    • Forma Parte
      • Como Afiliad@
      • Delegado o Delegada de Personal
      • Sección Sindical
      • Delegado, Delegada de Prevención
      • Ser Sindicalista #FSOC
      • Código ético del uso del crédito horario
    • SEDES
    • Blog
      1. Derechos Laborales
      2. Noticias
      3. View All

      Menos horas de trabajo, y más vida. Por la reducción de la jornada laboral

      septiembre 13, 2025

      Igualdad de derechos laborales para las personas trabajadoras de ETT

      septiembre 2, 2025

      Nuevos permisos maternidad y paternidad, adopción y cuidados y derechos de Conciliación

      agosto 1, 2025

      Los grados de parentesco por consanguinidad y afinidad en el ámbito laboral

      abril 25, 2025

      FSOC: Nota de prensa sobre la victoria de nuestro sindicato FSOC en el sector de la Hostelería

      junio 3, 2026

      La doctrina del Shock en Canarias: el precio de cada crisis lo pagan los trabajadores

      abril 23, 2026

      Carta abierta contra la represión de la clase obrera

      agosto 1, 2025

      Convenio Colectivo del sector del Transporte regular Interurbano de viajeros de uso general por carretera de la Provincia de Las Palmas

      junio 9, 2026

      Varapalo judicial al acuerdo discriminatorio firmado por CCOO, Ugt y la patronal en la hostelería de la provincia de Las Palmas

      junio 3, 2026

      FSOC: Nota de prensa sobre la victoria de nuestro sindicato FSOC en el sector de la Hostelería

      junio 3, 2026

      Ante el 1º de Mayo, Intersindical Canaria y la Federación Sindical Canaria censuran el militarismo y el empobrecimiento de los trabajadores canarios

      abril 30, 2026
    Sindicato Obrero Canario Lanzarote
    Portada » La nómina
    Derechos Laborales

    La nómina

    Sindicato Obrero Canario LanzaroteBy Sindicato Obrero Canario Lanzaroteoctubre 19, 2024Updated:abril 29, 2025No hay comentarios7 Mins Read68 Views
    Facebook Pinterest Telegram LinkedIn Tumblr Copy Link Email
    Follow Us
    Google News Flipboard
    Share
    Facebook LinkedIn Pinterest Email Copy Link

    Lo primero de todo, es saber que es una nómina, es el recibo del pago de un salario. Se trata de un documento que la empresa entrega a la persona trabajadora en el que se recogen el sueldo que recibe a cambio del trabajo realizado, las retenciones que se le practican y otras percepciones económicas adicionales.

    La nómina sirve de justificante de que la persona trabajadora ha percibido su sueldo y también de que se han realizado los pagos correspondientes a la Seguridad Social del trabajador/a y las retenciones del IRPF.

    Ahora bien, las partes que conforman la nómina, debe incluir una información básica sobre la empresa, el trabajador o trabajadora y sus retribuciones económicas, detallando también las bases de cotización del empleado y las bases del IRPF y especificando las aportaciones del empresario. Estos datos se distribuyen en varias partes: el encabezado, los devengos, las deducciones, el líquido a percibir y el bloque de sello y firmas, siguiendo un modelo oficial de recibo individual de salarios aprobado por el Gobierno.

    Imagen de Alexa en Pixabay
    • En el encabezado deben incluirse obligatoriamente datos que sirvan para identificar a la empresa y a la persona trabajadora. De la empresa se especificará su denominación social, dirección, CIF y código de la cuenta de cotización de la Seguridad Social. Por parte del trabajador o trabajadora se incluirán su nombre y apellidos, DNI, número de afiliación a la Seguridad Social, categoría profesional y antigüedad en la empresa.

    En esta parte de la nómina ha de añadirse el periodo de liquidación de la misma (habitualmente un mes).

    • En los devengos se detallan los ingresos que percibirá la persona trabajadora, incluyendo tanto las percepciones salariales (sueldo base, complementos, horas extra, salario en especie…) como las no salariales (indemnizaciones y suplidos, dietas, gastos de locomoción, prestaciones de la Seguridad Social…).
    • En las deducciones, se establecen las aportaciones que realiza la persona trabajadora a la Seguridad Social (las cotizaciones por contingencias comunes, desempleo o formación profesional, entre otras), así como las retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), anticipos y otras deducciones.

    Tras restar a la suma de los devengos las deducciones realizadas, la nómina especificará el líquido a percibir o salario neto, que es la cantidad que recibirá la persona trabajadora.

    El Estatuto de los Trabajadores, la principal normal que regula el derecho laboral, no es muy concreto a la hora de detallar que día y de qué manera se tiene que abonar la nómina a las personas trabajadoras.

    Así, en su artículo 29 que dice así:

    “La liquidación y el pago del salario se harán puntual y documentalmente en la fecha y lugar convenidos o conforme a los usos y costumbres. El periodo de tiempo a que se refiere el abono de las retribuciones periódicas y regulares no podrá exceder de un mes.”

    O lo que es lo mismo, no establece un día concreto de pago, sino que éste debe realizarse según lo acordado en el convenio colectivo, o en su defecto entre el empresario y la persona trabajadora o la costumbre del lugar.

    El salario debe abonarse de forma periódica, cuya periodicidad no podrá ser superior a un mes. Por lo tanto, se puede pactar que el salario se abone, de forma diaria, de forma semanal o mensual, pero nunca cada dos meses.

    También el salario debe abonarse de forma regular, por lo tanto, una vez pactado o establecido de manera tácita la forma de pago esta debe de realizarse siempre de la misma manera.

    De igual manera, el salario abonado debe de entregarse junto con la nómina en la que se refleja el salario bruto y neto, así como los diferentes conceptos (explicados anteriormente).

    Ahora bien, lo más normal es abonar o pagar el salario (nómina) de forma mensual, siendo lo más frecuente entre los días 20 del mes anterior y el 5 de cada mes (dependiendo de la empresa o lo que diga en su defecto el Convenio de aplicación).

    Ahora bien, ¿nóminas en papel u online? De acuerdo con el artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores, sobre “Liquidación y pago”,

    “La documentación del salario se realizará mediante la entrega al trabajador de un recibo individual y justificativo del pago del mismo. El recibo de salarios se ajustará al modelo que apruebe el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, salvo que por convenio colectivo o, en su defecto, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, se establezca otro modelo que contenga con la debida claridad y separación las diferentes percepciones del trabajador, así como las deducciones que legalmente procedan.”

    En este sentido, se deduce que la empresa está obligada a entregar en papel la nómina al trabajador o trabajadora. Pero todo cambió con una sentencia del Tribunal Supremo; en concreto, se trata de la Sentencia 1023/2016, de 1 de diciembre de 2016. Con esta sentencia se dictaminó que es válido tanto percibir una nómina digital como una nómina impresa, puesto que en ambos casos queda constancia de que el trabajador ha percibido el ingreso.

    Imagen de Gerd Altmann en Pixabay

    Si la empresa no me paga. El pago es exigible a la empresa desde el mismo momento en que se debió abonar y no se hizo, no hace falta esperar ningún día ni otorgar un plazo a la empresa.

    Por otra parte, el tiempo que tenemos para no perder el derecho a reclamar el salario adeudado es de un año desde que debieron abonarlo y no lo hicieron. Una vez transcurrido ese plazo perderemos el derecho a exigirlo.

    Esta exigencia o reclamación se debe de realizar judicialmente. Recuerda que para solicitar cantidades primero hay que presentar una papeleta de conciliación laboral y en caso de no alcanzar un acuerdo acudir a los juzgados de lo social presentando una demanda.

    Con todo eso, en los casos de retrasos continuados, la persona trabajadora tendrá derecho a solicitar la extinción de la relación laboral con derecho a la indemnización por despido improcedente y prestación por desempleo. Recuerda que esta opción tiene que decretarla un juez, así que, la persona trabajadora tendrá que demandar para ello.

    El retraso en el pago del salario permite solicitar un interés de mora del 10%. Ese 10% se calcula de forma anual, contabilizándose desde el momento del devengo hasta el completo pago. Tal como viene estipulado en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores, que dice así:

    “El interés por mora en el pago del salario será el diez por ciento de lo adeudado.”

    Si denuncias a la inspección de trabajo, el impago del salario de forma puntual, es una sanción leve, pero si dicho impago es reiterativo la sanción sería muy grave. Está claro que, si la empresa no paga, es por qué no quiere, y si recibe una sanción leve acabará pagando, a no ser que la empresa no tenga liquidez u otra causa que lo justifique.

    No obstante, la inspección de trabajo no soluciona el problema a la persona trabajadora, ya que puede conseguir que le pongan una sanción a la empresa, pero en ningún caso la inspección de trabajo puede obligar a que la empresa pague a la persona trabajadora. Sin embargo, un juez o jueza sí que puede obligar a la empresa a abonar el salario, y en caso contrario, a embargar los bienes, o en última instancia, obligar al FOGASA a que se haga cargo del salario.

    Recuerda, toda esta información tiene un carácter orientativo. Confirme o corrobore siempre en los Boletines Oficiales, legislación laboral de España, Servicios de información de las Administraciones Públicas o con su asesor legal.

    Referencias:

    • Ley Orgánica del Poder Judicial.
    • Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
    • Código Civil
    • Estatuto de los Trabajadores
    • Convenio Colectivo de aplicación.
    Derechos laborales
    Follow on Google News Follow on Flipboard
    Share. Facebook Pinterest LinkedIn Telegram Email Copy Link
    Foto del avatar
    Sindicato Obrero Canario Lanzarote
    • Website

    Novedades e Información de todo lo referente al mundo laboral en Canarias y Lanzarote, artículos, convenios e información legal que toda persona trabajadora necesita.

    Artículos Relacionados

    Menos horas de trabajo, y más vida. Por la reducción de la jornada laboral

    septiembre 13, 2025 Derechos Laborales 31

    Igualdad de derechos laborales para las personas trabajadoras de ETT

    septiembre 2, 2025 Derechos Laborales 25

    Nuevos permisos maternidad y paternidad, adopción y cuidados y derechos de Conciliación

    agosto 1, 2025 Derechos Laborales 32
    Leave A Reply Cancel Reply

    Forma parte del Sindicato Obrero Canario FSOC
    Novedades

    Convenio Colectivo del Sector de Oficinas y Despachos de la Provincia de Las Palmas

    octubre 25, 20243.932

    Convenio Colectivo del Sector de la Actividad Siderometalúrgica de la Provincia de Las Palmas

    octubre 25, 20243.278

    Convenio Colectivo Provincial de la Pequeña y Mediana Empresa de Las Palmas.

    octubre 24, 20242.961

    Convenio Colectivo Provincial de Hostelería de Las Palmas

    octubre 25, 20242.670
    Bluesky - Sindicato Obrero Canario FSOC
    No te lo pierdas

    Convenio Colectivo del sector del Transporte regular Interurbano de viajeros de uso general por carretera de la Provincia de Las Palmas

    junio 9, 20261 Min Read5 Convenios Las Palmas

    Convenio Colectivo del sector del Transporte regular Interurbano de viajeros de uso general por carretera de la Provincia de Las Palmas

    Varapalo judicial al acuerdo discriminatorio firmado por CCOO, Ugt y la patronal en la hostelería de la provincia de Las Palmas

    junio 3, 2026

    FSOC: Nota de prensa sobre la victoria de nuestro sindicato FSOC en el sector de la Hostelería

    junio 3, 2026

    Ante el 1º de Mayo, Intersindical Canaria y la Federación Sindical Canaria censuran el militarismo y el empobrecimiento de los trabajadores canarios

    abril 30, 2026
    Sindicato Obrero de Canarias
    Síguenos en Nuestras Redes
    • Facebook
    • Pinterest
    • Instagram
    • YouTube
    • Telegram
    • Tumblr

    Suscríbete a Nuestro Boletín

    Recibe todas las actualizaciones que nuestro sindicato publiquen en nuestro blog.

    Calendarios Laborales en Canarias
    El FRENTE SINDICAL OBRERO CANARIO (FSOC)
    El FRENTE SINDICAL OBRERO CANARIO (FSOC)

    Somos un sindicato canario, que tiene una historia de más de 30 años en el sindicalismo comprometido y de clase en Canarias.

    ¡VIVA CANARIAS LIBRE Y SOCIALISTA! ¡VIVA LA LUCHA DE LA CLASE OBRERA!

    Correo Electrónico: info@esindicatoobrerocanariolanzarote.com

    Facebook Pinterest YouTube WhatsApp
    Nuevo

    Convenio Colectivo del sector del Transporte regular Interurbano de viajeros de uso general por carretera de la Provincia de Las Palmas

    junio 9, 2026

    Varapalo judicial al acuerdo discriminatorio firmado por CCOO, Ugt y la patronal en la hostelería de la provincia de Las Palmas

    junio 3, 2026

    FSOC: Nota de prensa sobre la victoria de nuestro sindicato FSOC en el sector de la Hostelería

    junio 3, 2026
    Artículos Populares

    Varapalo judicial al acuerdo discriminatorio firmado por CCOO, Ugt y la patronal en la hostelería de la provincia de Las Palmas

    junio 3, 20263

    Convenio Colectivo para la actividad de Fútbol Profesional

    noviembre 2, 20245

    Concentración en el Riu Paraíso Lanzarote por el despido injusto de la trabajadora Katerine

    diciembre 13, 20245
    Facebook Instagram Pinterest YouTube Tumblr Telegram
    • Inicio
    • Sindicato
    • Forma Parte
    • Cuota sindical
    • Blog Sindical
    • Servicios y Promociones
    • Contacta con Nosotros
    © 2026 Sindicato Obrero Canario Lanzarote. Diseñado por: Diseño Web Lanzarote - ProyectoDigital.es.

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.