Lo primero de todo, es saber ¿qué es un Convenio Colectivo? Es acuerdo suscrito por los representantes de los trabajadores y empresarios para fijar las condiciones de trabajo y productividad (los salarios, las vacaciones, las jornadas laborales…) con sujeción a lo previsto en el Título II del Estatuto de los Trabajadores. Igualmente podrá regular la paz laboral a través de las obligaciones que se pacten.
Es importante saber que también existen distintos tipos de convenios. Puede haber tanto convenios empresariales como sectoriales, a nivel nacional, autonómico o provincial. Y también, estatuarios o extraestatutarios: los primeros se ajustan al Estatuto de los Trabajadores y tienen carácter de ley. Es decir, en caso de que no se cumplan, se podría denunciar. Los segundos son acuerdos privados y no tienen rango de ley, por lo que sólo afecta a los trabajadores y empresarios debidamente representados en la negociación. No afecta a todos los trabajadores, sino sólo a aquellos que se encuentran directamente representados ya sea por un sindicato o por la patronal. Para más info: https://www.mites.gob.es/es/Guia/texto/guia_12/index.htm y https://ccncc.mites.gob.es/content/dam/mites-ccncc/que-es-la-ccncc/funciones/guias/GuiaNegociacionColectiva_2017_CCNCC.pdf
Con todo eso, hay 2 documentos que debe conocer cualquier persona trabajadora: el Estatuto de los Trabajadores y su convenio colectivo. El primero es fácil de encontrarlo, pues se trata de un único modelo que se encuentra publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) o si quieres lo tienes en nuestra web (en versión online), pero el segundo puede ser una incógnita para muchas personas trabajadoras. A pesar de ello, es importante conocer ambos, pues recogen todos los derechos que se tiene como persona contratada.
Muchas cláusulas de los contratos de trabajo se remiten a “lo establecido en el Convenio Colectivo”. Por eso es fundamental para la persona trabajadora conocer cuál (Convenio Colectivo) es el que regula su relación laboral con la empresa.
Es importante destacar que no todas las empresas aplican un convenio de trabajo, por lo que lo primero que debe hacer una persona trabajadora a la hora de firmar un contrato es comprobar si pertenece o no a un convenio colectivo.
Importante: ¿Qué prevalece, el convenio colectivo o el estatuto de los trabajadores?
El que aplique la norma más favorable para la persona trabajadora.
Entonces… ¿cómo puedo saber mi Convenio Colectivo? Tienes varias alternativas:
Primera opción:
El primer punto de partida para que la persona trabajadora pueda conocer cuál es su convenio colectivo es el contrato de trabajo, ya que en el mismo la empresa o empresario está obligado a indicar cuál es el convenio colectivo por el que se rige la relación laboral. (Estatuto de los Trabajadores (Artículo 8.5) y artículo 4 n) de la Directiva (UE) 2019/1152 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a unas condiciones laborales transparentes y previsibles en la Unión Europea.

Y si queremos verificar que es el correcto, tendremos que acudir al texto del convenio y revisar:
– Ámbito temporal: Vigencia del Convenio.
– Ámbito territorial y funcional: Sector (sería conveniente conocer el CNAE [clasificación Nacional de Actividades Económicas] de la empresa para saber su actividad principal) y lugar de aplicación del Convenio.
En caso de que no lo haga, y en virtud del artículo 6 de la LISOS es una infracción leve.
Segunda opción:
Consultar con los representantes sindicales, Recursos Humanos o a compañeros y compañeras, que deben saber si tu empresa está aplicando algún convenio de trabajo.
Tercera opción: (más rápida)
Buscarlo en nuestra web: https://www.sindicatoobrerocanariolanzarote.com/seccion/convenios
Cuarta opción:
Buscadores de Convenios Colectivos: Hay varias alternativas entre los buscadores de Convenios privados, su funcionamiento es muy similar.
Igualmente, si pones en el navegador “buscador Códigos Convenio” te aparecerá una página del Ministerio de Trabajo y Economía Social https://expinterweb.mites.gob.es/regcon/pub/buscadorCodigosConvenio en donde puedes buscar tu Convenio Colectivo de ámbito de empresa (si lo hay) o sectorial (ya sea de hostelería, transporte, educación, comercio, construcción…)





Quinta opción:
Buscar el Convenio Colectivo en Google: En muchas ocasiones Google esta es la primera opción y la más rápida si se tiene conocimiento al menos del nombre del convenio colectivo, que suele aparecer en el contrato de trabajo.
EJEMPLO sobre cómo hacer la búsqueda: Si introducimos en Google “convenio colectivo estatal de centros y servicios veterinarios”, la primera opción que aparece en resultados es el actual convenio colectivo vigente 2020-2022, que aparece publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Si, queremos buscar el Convenio Colectivo de Hostelería de Las Palmas, nos iremos al B.O.P. (Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas), nos vamos a la pestaña de arriba donde pone “buscar” seleccionamos el año y en el recuadro donde pone “Dato a buscar” ponemos la palabra “Hostelería” y damos a buscar (imagen 1-3.2) Nos aparecerán unos resultados, y tendremos que buscar entre los resultados donde se diga “Convenio colectivo del sector de Hostelería de la Provincia de Las Palmas, 2020-2021-2022-2023-2024-2025” (imagen 2-4.1), ya que será el último Convenio publicado.
Como los convenios colectivos se publican en los Boletines Oficiales (del Estado, Comunidades Autónomas, etc.), Google los suele indexar rápidamente y aparecen en primeros lugares de resultados de búsqueda.
IMPORTANTE: Siempre hay que tener la precaución de comprobar la fecha de publicación y que sea un convenio vigente, es decir, que no haya sido derogado por uno posterior(esto se hace viendo en los primeros artículos del convenio, donde indica su duración).
Sexta opción:
La web de la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos que tiene un buscador por códigos además de un mapa de la negociación colectivo que permite encontrar posibles convenios aplicables.
En esa web podemos buscar, de manera orientativa, cual puede ser nuestro convenio indicando primero la localidad y posteriormente el CNAE de la empresa.
Séptima opción:
Consultar con la Seguridad Social https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Inicio : desde 2018 todas las empresas que apliquen convenio colectivo a sus trabajadores deben indicarlo al darlos de alta, por lo que puedes consultar tus datos para asegurarte.
Octava opción:
En caso de duda, comisión paritaria
Todos los convenios colectivos tienen la obligación de designar una comisión paritaria, formada por los empresarios y trabajadores, que deben resolver cualquier duda derivada de la aplicación e interpretación del convenio y entre ellas, el ámbito de aplicación.
En la práctica, las comisiones paritarias no funcionan tan bien como deberían y puede que tarden bastante en resolver una consulta.
Por ello si dudamos si se debe aplicar un convenio en concreto, podemos preguntar a la comisión de dicho convenio para ver si consideran que la actividad económica de un determinado centro de trabajo está incluido en su ámbito de aplicación.
Por opciones que no sea, a la hora de buscar tu Convenio Colectivo de aplicación en tu empresa o centro de trabajo.
Una cuestión, la empresa no puede decidir qué convenio colectivo aplica la empresa, sino que tiene que aplicar el que le corresponde según la actividad económica. En caso de que la empresa no esté aplicando convenio correcto, no puede cambiarlo siguiendo un procedimiento de modificación sustancial de las condiciones de trabajo, sino mediante un procedimiento de conflicto colectivo.
Por otra parte,los representantes legales de los trabajadores también pueden iniciar un procedimiento de conflicto colectivo para modificarlo.
En su defecto, la persona trabajadora también podría reclamar que se le aplique otro convenio en una impugnación de despido, reclamación de cantidad o directamente reclamando cualquier derecho del convenio que no se le está aplicando.
Recuerda, toda esta información tiene un carácter orientativo. Corrobore siempre en los Boletines Oficiales, legislación laboral de España, Servicios de información de las Administraciones Públicas o con su asesor legal.
Referencias:
– Ministerio de Trabajo y Economía Social.
– Estatuto de los Trabajadores. Título III.

