Cálculo online de indemnizaciones por despidos
Cálculo a la vieja escuela ( con números, datos y papel)
DEPENDE DE
La cantidad que se cobra por indemnización por despido depende de tres cosas:
1. Salario de la persona trabajadora. La cantidad total que cobra de salario bruto anual.
2. Antigüedad en la empresa. A más antigüedad, mayor indemnización. A la hora de contar los meses de antigüedad de la persona trabajadora para la indemnización, si se trabaja un día de un mes, es como si se hubiese trabajado todo el mes completo.
3. El tipo de despido. Actualmente, tienen indemnización el despido por causas objetivas, y el despido improcedente. Si un despido es disciplinario y no es declarado improcedente por un juez, no hay derecho a la indemnización.
De todas maneras, haya o no indemnización, en todos los despidos la persona trabajadora tiene derecho al finiquito, dicho de otro modo, a que se liquiden todas las cantidades que pudiera haber pendientes entre empresa y la persona trabajadora, como retribuciones pendientes de pago, vacaciones no disfrutadas, parte proporcional de pagas extra no recibidas, horas extra, etc.
INDEMNIZACIONES POR DESPIDOS
![FSOC. Cálculo de indemnizaciones por despido](https://www.sindicatoobrerocanariolanzarote.com/wp-content/uploads/2024/11/3-9.avif)
Indemnización de 20 días por año trabajado. Cuando una empresa despide a un trabajador o trabajadora con un despido objetivo, (ya sea por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas, etc. justificadas) tiene que pagarle al mismo tiempo de entregarle la carta de despido una indemnización de 20 días por año trabajado, y prorrateado por el tiempo inferior al año. Hay un tope máximo de lo que se puede cobrar, que son 12 mensualidades, esto es, que en ningún caso la indemnización no podrá ser superior del resultado de multiplicar el salario mensual por 12.
Indemnización de 33 días por año trabajado. Si el contrato del trabajador o trabajadora es posterior al 12 de febrero de 2012 (antes del 2012) y se declara un despido improcedente, la empresa puede elegir entre la readmisión o pagar al trabajador o trabajadora una indemnización de 33 días por año, con un tope de 24 mensualidades. Si acaso, la indemnización no podrá ser superior del resultado de multiplicar el salario mensual por 24.
Indemnización mixta: 33 / 45 días por año trabajado. En el caso de contratos de trabajo con fecha anterior al 12 de febrero de 2012, a la hora de hacer cálculos para la indemnización por despido improcedente, hay que manejar 2 partes distintas:
– Para el total de días de antigüedad acumulados antes del 12 de febrero de 2012, se pagará una indemnización de 45 días de salario por año trabajado con un máximo de 42 mensualidades. Son los contratos anteriores a 12/02/2012.
– Para los días de antigüedad posteriores al 12 de febrero de 2012 (fecha de la reforma laboral), se pagará la indemnización de 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
Para tener la cantidad final de indemnización por despido improcedente, habrá que sumar las 2 partes.
No hay que confundir la indemnización por despido con la indemnización por finalizar un contrato.
CALCULO ONLINE DE INDEMNIZACIONES POR DESPIDO
El Consejo General del Poder Judicial ha creado un simulador online para ayudar a calcular fácilmente la indemnización por despido que corresponde a cada trabajador o trabajadora. https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Servicios/Utilidades/Calculo-de-indemnizaciones-por-extincion-de-contrato-de-trabajo/
Más abajo explicamos el funcionamiento del simulador
CALCULO A LA VIEJA ESCUELA (CON NÚMEROS, DATOS Y PAPEL)
![FSOC. Cálculo de indemnizaciones por despido](https://www.sindicatoobrerocanariolanzarote.com/wp-content/uploads/2024/11/4-5.avif)
Ahora bien, si lo que quiere es calcular a mano (con números y en papel), el cálculo de la indemnización por despido, estos serían los pasos a seguir.
Dicho cálculo se haría a partir de 2 criterios, salario-día y el total de días trabajados.
1- Saber el salario diario que se cobra, para lo que hay que recopilar las nóminas de los 12 últimos meses, incluyendo las pagas extra si no se tienen prorrateadas. Si no las tiene todas, es aconsejable pedírselas a la empresa. Y si no solicitar en la Seguridad Social un informe de bases de cotización, para ver por qué salario bruto ha estado cotizando cada mes la empresa, sabiendo que estas cotizaciones sí que tienen las pagas extra prorrateadas.
Cuando se tienen las nóminas de todo un año se tienen que sumar los salarios brutos de cada nómina, para saber el salario bruto anual. Una vez que conocemos el salario bruto anual, se divide entre 12, para saber el salario medio mensual, que lo dividimos a su vez entre 30 para saber el salario-día.
Ejemplo práctico: Yeray cobra todos los meses 1.200€ brutos, y luego dos pagas extra de 1.000€ brutos cada una. Para calcular el salario anual hay que multiplicar 1.200*12= 14.400€ y sumarle las dos pagas extra 1.000*2= 2.000€.
Salario anual: 14.400 + 2.000= 16.400€
Salario medio mensual: 16.400€ / 12 meses= 1.366,67€
Salario día: 1.366,67€ / 30 días = 45.56€
Cuando se está en situación de reducción de jornada por cuidado de hijo o familiar, parto prematuro y hospitalización, por ser víctima de violencia de género o por uso de baja parcial por maternidad, hay que tener en cuenta el salario total, como si no hubiese reducción. Por lo cual es aconsejable ver también las nóminas anteriores a la reducción.
Ejemplo práctico: Yaiza cobra todos los meses 1.200 euros brutos con las pagas prorrateadas. En enero de 2020 se reduce la jornada un 25% para el cuidado de su hijo menor, por lo que pasa a cobrar 900 euros. Isabel es despedida en septiembre de 2020. A la hora de calcular el salario a efectos de indemnización es como si siguiese cobrando 1.200 euros todos los meses.
2- Cálculo total días trabajados, el cálculo se hace por días y no por año entero, teniendo en cuenta, que, si trabajas un solo día del mes, computa todo el mes entero (como si hubieras trabajado el mes completo).
Ejemplo práctico: Yeray trabajó del 15 de abril del 2017 hasta el 8 de junio de 2020. Para calcular los días a indemnizar es como si hubiese trabajado desde el 1 de abril de 2017 al 30 de junio de 2020 y esto hace un total de 821 días.
Y como último paso, hacer (aplicar) la indemnización.
Al principio del artículo comentamos que hay distintos tipos de indemnización, según el tipo de despido y la antigüedad del trabajador o trabajadora: 20 días de salario por año trabajado, 33 días por año, 45 días por año.
Ejemplo práctico: Yeray fue despedido, demandó a la empresa y ganó el juicio por despido improcedente. Como su contrato es posterior al 12/02/2012, por ley le corresponde una indemnización de 33 días de salario por año trabajado.
Una vez que conocemos el tipo de indemnización, hay que multiplicarlo por el salario diario que ya calculamos y los años trabajados.
((821 días de antigüedad) X (33 días de salario por año)) / 365= 821×33=27093
27093/365= 74,22 días indemnizables.
Como el salario diario que hemos calculado es de 45,56 € al día, el total de indemnización que cobrará Yeray por su despido improcedente es de 3. 381 euros (74,22 días indemnizables x 45.56 € al día).
FUNCIONAMIENTO DEL SIMULADOR ONLINE
Al entrar en el enlace https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Servicios/Utilidades/Calculo-de-indemnizaciones-por-extincion-de-contrato-de-trabajo/ debes introducir 3 datos, la fecha de inicio del contrato (cuando empezaste), la fecha de finalización (cuando terminaste) y el salario (ya sea diario, mensual o anual). Debe introducirse el salario bruto y si es mensual, prorratear las pagas extraordinarias e incluirlas.
![](https://www.sindicatoobrerocanariolanzarote.com/wp-content/uploads/2024/11/simulador-1-png.avif)
Por ejemplo: una trabajadora que comenzó su contrato con la empresa el 3 de febrero del 2020 y terminó el 11 de febrero del 2021 con un salario bruto (pagas extras prorrateadas incluidas) mensual, de 1.000 euros al mes.
![](https://www.sindicatoobrerocanariolanzarote.com/wp-content/uploads/2024/11/simulador-2-png.avif)
El resultado del cálculo de las indemnizaciones sería este:
![](https://www.sindicatoobrerocanariolanzarote.com/wp-content/uploads/2024/11/simulador-3-png.avif)
El programa facilita las cantidades correspondientes en función del motivo por el que se haya extinguido el contrato de trabajo, ya sea despido improcedente, extinción del contrato por voluntad del trabajador, extinción por causas objetivas procedentes, despido colectivo procedente, movilidad geográfica, modificación sustancial de condiciones de trabajo, extinción de trabajo temporal.
El Consejo General del Poder Judicial ha incorporado una guía en la que se explican los conceptos y las reglas de cálculo y límites que se utilizan.
También hay simuladores para el cálculo de la cuantía de las indemnizaciones laborales por extinciones de contrato de trabajo para el personal fijo discontinuo.
![](https://www.sindicatoobrerocanariolanzarote.com/wp-content/uploads/2024/11/simulador-empleadas-hogar-png.avif)
Consulta la guía práctica.
Y simulador para el cálculo de la cuantía de las indemnizaciones laborales por extinciones de contrato de trabajo para empleadas del hogar.
![](https://www.sindicatoobrerocanariolanzarote.com/wp-content/uploads/2024/11/simulador-fijo-discontinuo-png.avif)
Consulta la guía práctica.
Estos 2 simuladores, funcionan igual que, para cálculo de la cuantía de las indemnizaciones laborales por extinciones de contrato de trabajo, explicado anteriormente.
Recuerda, toda esta información tiene un carácter orientativo. Confirme o corrobore siempre en los Boletines Oficiales, legislación laboral de España, Servicios de información de las Administraciones Públicas o con su asesor legal.